Desde este martes
10 de diciembre, el Gobierno habilitó la portación de armas a partir de los 18
años. Así lo confirmó en
el Decreto 1081/2024 publicado en el Boletín Oficial.
De esta forma
modificó el artículo 55° de la Ley de Armas. Anteriormente la ley permitía el
uso de armas desde los 21 años. La medida contó con la firma del presidente
Javier Milei, la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich y el jefe de
Gabienete, Guillermo Francos.
“Corresponde
modificar el citado artículo 55 de la Reglamentación de la Ley N° 20.429
aprobada por el mencionado Decreto N° 395/75 y sus modificatorios, a
efectos de armonizar la legislación vigente, reconociendo la capacidad de los
ciudadanos para ser legítimos usuarios de armas a partir de los dieciocho (18)
años”, indicaron.
No obstante,
remarcaron que el usuario no debe presentar “anormalidades
psíquicas o físicas que incapaciten al peticionante para la tenencia
de armas de fuego”.
Ademas,
recordaron que se debe “acreditar ante la dependencia
policial con jurisdicción en el domicilio del interesado, identidad,
domicilio real y medios de vida lícitos. Esta emitirá certificación al respecto
así como de la no existencia de antecedentes policiales o penales e imprimirá
un juego de fichas dactiloscópicas con destino al Registro Nacional de Armas”.